Bienvenidos al blog de hábeas data financiero y protección de datos personales

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Invito a participar en este espacio a los interesados en la protección de datos personales, con la finalidad del enriquecimiento conjunto y colaboración con la sociedad.

Toda persona tiene derecho a conocer sus datos personales, que se encuentren en archivos, bases o bancos de datos y en caso de falsedad o discriminación, exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos.

En Argentina, la protección de datos personales se rige principalmente por el artículo 43, párr. 3º de la Constitución Nacional, la ley 25.326 y su decreto reglamentario 1558/2001.


Pueden dejar comentarios, sugerencias o enviar artículos de interés para ser publicados en este blog.


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jueves, 14 de abril de 2022

Reconocimiento facial


En buenahora!!!

 Proteccion de Datos Personales - Seguridad

LA JUSTICIA PORTEÑA SUSPENDIÓ EL SISTEMA DE VIGILANCIA Y RECONOCIMIENTO FACIAL

13 abril, 2022
Lo decidió el juez Roberto Gallardo tras detectar que fue utilizado para acceder a datos biométricos de personas que no estaban siendo buscadas. La medida fue tomada sobre la base de un informe que la Defensoría presentó en febrero de este año, en el que proponía la realización de "estudios previos de constatación del éxito de la herramienta para evitar vulneraciones de los derechos de las personas".

En el marco del amparo “OBSERVATORIO DE DERECHO INFORMÁTICO ARGENTINO O.D.I.A. SOBRE OTROS PROCESOS INCIDENTALES - AMPARO – OTROS”, el juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad, Roberto Gallardo, ordenó ayer una batería de medidas de prueba para constatar con qué fines fueron solicitados los datos biométricos de millones de personas y además reafirmó que debe permanecer suspendido el Sistema de Reconocimiento Facial (SRF).

Para ello, el magistrado tomó como base un informe presentado en febrero de 2022 por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires en esa causa, donde Gallardo aseguró que la institución respondió punto por punto el requerimiento judicial. En el fallo se tomaron algunas sugerencias realizadas en relación a la necesidad de realizar estudios de impacto a la privacidad y la obligación de inscribir las bases de datos en el registro creado por la ley 1845.

En este sentido, el juez hace referencia a la ley 6339, que reforma la Ley 5688 de Seguridad Pública, y manifiesta que para la Defensoria “corresponde realizar estudios previos de constatación del éxito de la herramienta para evitar vulneraciones de los derechos de las personas y propuso con destacado tino seguir la guía para la evaluación de impacto en la protección de datos, quien, vale reiterar, es el órgano de control en todo lo que respecta al tratamiento de datos personales”.

A este respecto, como organismo defensor de los derechos y garantías de las personas, la Defensoría realizó recomendaciones de carácter legal al momento de discutir esa reforma en la Legislatura porteña. Allí se mencionaron cuestiones relacionadas a los posibles sesgos en los sistemas de inteligencia artificial utilizados, las posibles fallas y planes de respuesta. Además, se abordó la necesidad de controlar este tipo de herramientas, informar a la población y sobre todo analizar en el caso concreto si cumplen con el principio de proporcionalidad y necesidad.

Desde 2019 la Defensoría ha realizado diversas acciones a través de su Coordinación Operativa de Seguridad Ciudadana y Violencia Institucional y el Centro de Protección de Datos Personales. Inicialmente se hicieron pedidos de informes, se efectuaron más de cuatro constataciones en el Centro de Monitoreo Urbano y se realizaron reuniones con los titulares del CONARC (Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas), José María Guerrero y Lisandro Catalán. Asimismo, en el marco de la visita oficial a país del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la privacidad, Joseph Cannataci, se mantuvo una reunión con él donde se abordó el tema del SRF, que hacía muy poco tiempo había sido implementado, y se observaron las reservas que él mismo presentaba.

Además, desde la Defensoría se trabajó para contribuir a la depuración de la base de datos del CONARC, la cual presentaba errores de tipeo en información personal fundamental. Un ejemplo público de esto fue el caso de Guillermo Ibarrola quien, por un problema de tipeo en su número de DNI, fue detenido por error en la terminal de Retiro y quedó preso, acusado de haber cometido un robo en Bahía Blanca. A los seis días fue liberado. Este no fue el único caso, la Defensoría participó en otros cinco similares.

La Defensoria del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires seguirá trabajando en la supervisión del sistema de reconocimiento facial, como así también de otras técnicas de vigilancia masiva, para garantizar la seguridad democrática y evitar que se vulneren los derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas