Bienvenidos al blog de hábeas data financiero y protección de datos personales

Bienvenidos al blog de hábeas data financiero y protección de datos personales


Invito a participar en este espacio a los interesados en la protección de datos personales, con la finalidad del enriquecimiento conjunto y colaboración con la sociedad.

Toda persona tiene derecho a conocer sus datos personales, que se encuentren en archivos, bases o bancos de datos y en caso de falsedad o discriminación, exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos.

En Argentina, la protección de datos personales se rige principalmente por el artículo 43, párr. 3º de la Constitución Nacional, la ley 25.326 y su decreto reglamentario 1558/2001.


Pueden dejar comentarios, sugerencias o enviar artículos de interés para ser publicados en este blog.


E-mail: contacto@habeasdatafinanciero.com


jueves, 9 de noviembre de 2017

Principios de privacidad


Estas son las nuevas obligaciones en privacidad de la futura normativa de protección de datos


OpenText presenta los seis principios de privacidad que afectarán a las empresas con la nueva legislación de protección de datos (GPDR).

El próximo 25 de mayo de 2018 entrará en vigor la nueva Regulación General de Protección de Datos (RGPD o GDPR por sus siglas en inglés), una ley que permitirá regularizar las obligaciones de privacidad y seguridad de las compañías que tratan información personal e incrementará el control normativo sobre los datos personales.
Desde OpenText, empresa especializada en Gestión de de la Información Empresarial (EIM), exponen algunas de las obligaciones que las organizaciones deberán cumplir cuando se estrene la GDPR:
Legalidad, legitimidad y transparencia. Las empresas que gestionen datos personales tienen la obligación de informar a los usuarios acerca de cómo se procesará su información en cumplimiento con la normativa.
-Limitación de uso. La información personal sólo puede recogerse con un fin explícito y legítimo, y su uso no puede expandirse más allá del consentimiento del usuario.
– Minimización de los datos. Los datos personales recogidos deben limitarse únicamente a lo que es necesario en relación con los objetivos para los cuales fueron recogidos y tratados.
-Precisión. La información personal debe ser precisa. Los usuarios deben tener derecho a solicitar correcciones que deben ser atendidas a la mayor brevedad posible.
– Limitación de almacenamiento. Las organizaciones están obligadas a no retener los datos personales más tiempo del necesario para el uso explícito y legítimo autorizado por el usuario.
Integridad y confidencialidad. Las empresas que gestionen datos deben garantizar un nivel adecuado de seguridad que incluye la protección frente a tratamiento sin autorización o ilegal, y frente a pérdidas, destrucción o daños accidentales.

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